A continuación explicamos donde denunciar Bullying o Matoneo en en la ciudad de Cali.
¿Qué es y qué no es bullying?
Bullying no es una pelea entre niños, no es burlarse de alguien, no es excluir, todo esto hace parte de lo que llamamos agresión escolar. El bullying es un conjunto pequeño de acciones, dirigidas a los niños que están en condiciones de vulnerabilidad, que no tienen cómo defenderse, que no encajan bien.
Es ejercido por aquellos niños o niñas que están en una posición de privilegio, de poder, los que son más populares, los que tienen más amigos. Esos que tienen poder abusan o agreden, de manera repetida y sistemática, al que no tiene cómo defenderse.
Fuente: Diario El País. https://www.elpais.com.co/familia/estas-son-las-aplicaciones-y-paginas-para-denunciar-el-bullying.htm
¿Cómo identificar a una víctima de matoneo o bullying?
– Tristeza
– Irritabilidad
– Ansiedad
– Dificultad para hacer amigos o hablar en público
– Aislamiento
– Falta de sueño
– Malas calificaciones
– Excusas para no a ir al colegio
– Cambio en el apetito y baja de peso
– Hematomas o heridas en el cuerpo
¿Cómo denunciar un caso de matoneo o bullying?
1- Por medio de la página www.teprotejo.org y la app Te Protejo se pueden denunciar casos específicos de bullying y un equipo trabajará con las entidades involucradas para solucionarlo, siempre protegiendo la identidad del que denuncia.
2- El acoso escolar en Cali tiene una ruta a seguir, puede conocerla en el siguiente enlace https://www.cali.gov.co/educacion/publicaciones/138780/el-acoso-escolar-en-cali-tiene-una-ruta-a-seguir/
3-Conforme a lo establecido en la Ley 1620 en su Art 7, para el cumplimiento de las funciones del Sistema Nacional de Convivencia Escolar todos los establecimientos educativos oficiales y no oficiales deben conformar el Comité escolar de convivencia escolar, cuya función será la de identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presentes en contextos escolares.
En el caso en que la Institución no cuente con un Comité Escolar de Convivencia, se debe solicitar a la Secretaria de Educación la conformación de este comité en el establecimiento educativo en cumplimiento de la Ley.
4- La Línea 141 es una línea gratuita nacional que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar pone a disposición de todo adulto o niño que necesite reportar una emergencia, hacer una denuncia o pedir orientación sobre casos de maltrato infantil, violencia sexual, acoso escolar, trabajo infantil o consumo de sustancias psicoactivas, entre muchas otras situaciones que amenacen o afecten la vida e integridad de un niño, niña o adolescente.
5- En el caso en que la Institución no preste atención a la denuncia de Acoso, diríjase directamente a la Oficina del ICBF más cercana. En el siguiente enlace puede encontrar las respectivas direcciones:
https://www.icbf.gov.co/instituto/puntos-atencion
¿Cómo defenderse jurídicamente del matoneo? Fuente: Revista Dinero
En Colombia ya existe una ley con la cual se busca controlar el matoneo escolar. Se trata de la Ley 1620 de 2013 por medio del cual se crea el “Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”.
¿Cómo se aplica la Ley?
1. Conocido el hecho, se informará a directivas del colegio, docentes, estudiantes involucrados y padres de familia tanto del agresor como de la víctima.
2. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados, procurando encontrar espacios de conciliación que garanticen la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.
3. Si la situación no puede ser resuelta por las vías que establece la Ley 1620 de 2013, se requerirá la intervención de otras entidades o instancias, y serán trasladadas según corresponda, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o la Policía de Infancia y Adolescencia.
4. Cuando este tipo de conductas se tornen constantes y atenten contra el nombre, honra o la integridad personal o moral del menor, los padres de familia pueden acudir a la jurisdicción penal, toda vez que en Colombia están tipificadas conductas que son punibles de conformidad con el Código Penal, Ley 599 de 2000, como por ejemplo los delitos de injuria y calumnia estipulados en los artículos 220 y 222, que podrían desprenderse de una conducta como el matoneo.